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58. LA BRECHA SALARIAL Y SUMAR PARA IGUALAR

noviembre 21, 2023

En la presente edición de CLAUDINE EN BILBAO programa feminista, como cada semana tenemos para ustedes valiosa información e importantes entrevistas, al recorrido de CLAUDINE EN BILBAO, se suman asociaciones y entidades que nos aportan contenidos diversos, en esta ocasión compartimos nuestra primera entrevista con VICENCONCEJERA DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO DE GOBIERNO VASCO junto a ella conversamos respecto de LA BRECHA SALARIAL y SUMAR PARA IGUALAR, proyecto desarrollado por gobierno vasco que busca reducir la brecha salarial. 

La brecha salarial de género es el porcentaje resultante de dividir dos cantidades: la diferencia entre el salario de los hombres y las mujeres, dividida entre el salario de los hombres.  

Este porcentaje es la respuesta a la siguiente pregunta. ¿Cuánto más cobran de salario los hombres que las mujeres? Si la cifra es negativa, significa que las mujeres cobrarían más. 

Pero además de la fórmula, es importante saber qué cifras estamos empleando para hacer los cálculos. Aquí hay dos preguntas: 

¿De qué cantidades estamos hablando exactamente?  

El salario. En el caso de la brecha salarial, nos referimos a la cantidad que una persona recibe de su empleador/a por realizar su trabajo. El salario incluye, además del salario base, los complementos salariales asociados a la persona (antigüedad, ayudas familiares), al puesto (penosidad, responsabilidad), al desempeño (pluses, gratificaciones) o a la realización de trabajo adicional (horas extraordinarias), sumando tanto los importes en efectivo como las retribuciones en especie. 

Cantidades brutas. Las cantidades que forman parte del salario deben incluir los impuestos y las aportaciones de la persona trabajadora al sistema de seguro social y pensiones. 

Cantidades comparables. Además, puesto que vamos a comparar cantidades, tenemos que asegurar que se traten de un mismo concepto. Por ello, el dato empleado es el del salario a tiempo completo, o, alternativamente, el salario por hora trabajada. Es decir: si una persona labora a media jornada, será necesario multiplicar por dos su salario para conocer su remuneración a tiempo completo, o bien dividir el salario entre el número de horas efectivamente trabajadas. Debe prestarse especial atención a los conceptos salariales que se incluyen en los cálculos. 

Cantidades agrupadas. Salvo que comparemos el salario de una sola mujer con el de un solo hombre, siempre estos cálculos se realizan para grupos de mujeres y hombres. Entonces, si dentro de cada uno de esos grupos, no todas las personas tienen exactamente el mismo salario ¿qué cifra es correcto considerar? Comúnmente se emplea como cifra el promedio de todas las cantidades del grupo. Existen otras opciones de cálculo estadístico, como la mediana, que no se utilizan normalmente. 

POR EJEMPLO, EUROSTAT (Oficina de Estadística de la Unión Europea) emplea la siguiente definición: Brecha salarial de género no ajustada (a las características individuales): diferencia entre el salario bruto promedio por hora de los hombres y de las mujeres, expresado como porcentaje del salario bruto promedio por hora de los hombres. Eurostat lo calcula únicamente para los asalariados que trabajan en unidades de 10 y más trabajadores y en la ganancia por hora incluye los pagos por horas extraordinarias realizadas, pero excluye las gratificaciones extraordinarias. 

Ruth Joan Bader Ginsburg (Brooklyn, Nueva York; 15 de marzo de 1933-Washington D. C., 18 de septiembre de 2020)1 fue una jueza y jurista estadounidense que se destacó, especialmente, por su trabajo en la lucha por la igualdad legal de género. Desde 1993 hasta 2020 fue jueza de la Corte Suprema de los Estados Unidos, habiendo sido nombrada por el presidente Bill Clinton. En 1972 fundó la sección de derechos de la mujer en la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles. 

Ginsburg tiene una gran popularidad en Estados Unidos. Icono de la cultura pop, recibió el apodo de «Notorious RBG», en referencia al célebre rapero Notorious B.I.G. Es considerada como un símbolo de la resistencia pública y de la justicia social. En febrero de 2020 recibió el premio World Peace & Liberty Award que otorga la World Jurist Association y la World Law Foundation. 

Murió el 18 de septiembre de 2020 por un cáncer de páncreas metastásico. 

Bader nació en Brooklyn, en el seno de una modesta familia judía. Su madre, Celia, quien murió el día que Ruth tenía que graduarse en el instituto, fue la que la impulsó a interesarse por los libros y el estudio. Se decidió por estudiar, con una beca, en la Universidad de Cornell en los años 50. Conoció en aquel entonces a quien sería su marido, Martin Ginsburg, y fueron juntos a estudiar Derecho a la Universidad de Harvard. Ruth pudo imponerse como una de las mejores de su clase, a pesar de las adversidades que se le antepusieron. 

En 1972 fundó la sección de derechos de la mujer en la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles. Desde allí inició la batalla legal por la igualdad entre hombres y mujeres. Lideró seis de los principales casos ante la Corte Suprema de Estados Unidos, de los que ganó cinco. En 1971, el tribunal dictaminó por primera vez que tratar a una mujer diferente a un hombre violaba la Constitución y era ilegal. Esto fue conocido como el caso Reed v. Reed. 

Comenzó su carrera judicial en 1980, cuando el presidente Jimmy Carter la nombró jueza del Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia, donde pasó 13 años. En 1993, el presidente Bill Clinton la nombró jueza del Tribunal Supremo tras el retiro del juez asociado Byron White. El Senado confirmó su nombramiento con 96 votos afirmativos y 3 negativos. Se convirtió así en la segunda mujer en la historia, tras Sandra Day O’Connor, en servir en este alto órgano judicial; posteriormente se incorporaron Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Amy Coney Barrett y Ketanji Brown Jackson. 

Te invitamos a escuchar CLAUDINE EN BILBAO para conocer más respecto de este perfil. 

En nuestra segunda entrevista para este programa conversamos con Joaquim Vilargunter Muñoz, quien es presidente y asesor de la asociación AVALC. Asociación de víctimas de acoso laboral de Catalunya, junto a él desarrollamos el tema ACOSO SEXISTA EN EL TRABAJO. 

Acoso sexista laboral es cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. 

El acoso sexual laboral es una problemática que aún está muy presente en los centros de trabajo y es una de las máximas expresiones de la desigualdad y discriminación que experimentan las mujeres que, aunque no son las únicas que lo sufren, sí son las que mayoritariamente lo experimentan. 

¿Cuál es la situación del acoso sexual en España? ¿Qué cifras y datos encontramos sobre esta problemática? 

Lo cierto es que existen pocos datos sobre el acoso sexual en el trabajo en España, puesto que en muchos casos son conductas que no se denuncian, bien por temor a perder el puesto de trabajo o bien por creer que denunciarlo no servirá de nada o que empeorará la situación. 

Los últimos datos recopilados sobre esta materia corresponden a la Macroencuesta de Violencia Contra la Mujer realizada en 2019 y publicada en 2021 por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género. Esta encuesta incluía un apartado específico sobre el acoso sexual y una pregunta sobre el acoso sexual en el trabajo. De acuerdo a los datos obtenidos, el 17,3% de las mujeres habrían sufrido acoso sexual en su trabajo; un 6,5% lo sufrían de un jefe o un supervisor hombre, un 12,5% de otro compañero, frente al 0,3% sufrido de una jefa o supervisora y el 0,9% de otra compañera. 

CLAUDINE EN BILBAO

“A través del dialogo, construiremos los relatos colectivos, sobre el movimiento feminista en Bilbao y el mundo"

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